Vía el Blog de Morsa, me entero del reciente informe de la IFPI, el mismo que fue comentado en el blog Ophelimos, comunidad económica en red de la PUCP.

Lamentablemente no encontré el informe en línea ni en el cache de google. Sin embargo, me gustaría reflexionar sobre algunos puntos:

La IFPI representa los intereses de la majors de la industria fonográfica en el mundo con miembros en más de 75 paises. Su misión es luchar contra la piratería. Sus informes representan los intereses de sus asociados por ende no son independientes.

Para la IFPI, el intercambio de música a través de redes p2p constituye una infracción a la legislación de derechos de autor, considerando pirata a quien intercambia música sin fines de lucro y para usos personales a través de redes p2p. La IFPI también llama pirata a aquél que intercambia música con fines de lucro.

En España, el Poder Judicial en primera instancia ha señalado que el intercambio de música a través de redes p2p sin fines de lucro y para usos personales es considerado un ejercicio legítimo al derecho a la copia privada. (Ver comentario anterior).

De aplicarse la ley de derechos de autor a rajatable, siguiendo las mismas cifras de la IFPI, una gran mayoría de ciudadanos serían criminales. Si conductas socialmente admitidas y extendidas vienen siendo utilizadas, no será que el derecho está fallando y la legislación debe revisarse? ¿No será necesario reinventar modelos de negocios en armonía con la naturaleza de Internet, en vez de querer perpetuar modelos de negocios caducos que solo funcionan en el mundo off line? ¿La ley que protege las DRMs (sobre el argumento de lucha contra la pirateria) no protege solo un modelo de negocio en vez de promover la libre competencia?
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